En el caso de que el desempleado beneficiado de una prestación o subsidio por desempleo no comunique a su oficina de empleo público estatal su salida al extranjero será sancionado. Su sanción será la suspensión del abono de la prestación durante los días que hubiere estado fuera de España.
- Si ha estado fuera de España menos de 15 días: En este caso serán descontados los días que no ha estado en España y será reactivado el abono de la prestación, sin necesidad de justificar nada.
- Si ha estado fuera de España entre 15 y 90 días: En este caso serán descontados los días, pero si ha generado al menos una mensualidad por completo estando en el extranjero, será sancionado cancelándose su prestación por no haber comunicado su salida al extranjero.
- Si ha estado fuera de España más de 90 días: En este caso se le descontarán los días que ha estado en el extranjero. Asimismo, para poder reactivar el abono de su prestación deberá justificar ante las oficinas de empleo del propio país que ha estado fuera de España para encontrar trabajo o para para realizar cursos que le ayudarán a mejorar su nivel en el idioma.