El desempleo es una prestación contributiva que, según el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE), “protege del desempleo a las personas que pueden y quieren trabajar, pierden su trabajo de forma temporal o definitiva, o ven reducida su jornada laboral de forma temporal. entre al menos el 10% y el 70%».
En este sentido, si has perdido tu trabajo, puedes reclamar el nivel de paro que más te convenga, pero depende del tiempo que hayas cotizado. En otras palabras, necesita saber si ha trabajado lo suficiente para reclamarlo y, de ser así, cuánto tiempo tiene.
¿Cuántos días hay que trabajar para poder cobrar el dinero del paro?
Según el SEPE, para acceder al paro, la persona “ha debido haber trabajado y cotizado al paro durante al menos 360 días durante los seis años anteriores a la situación legal de paro”.
La duración mínima del derecho a la prestación contributiva por desempleo es de cuatro meses, con un máximo de dos años en función del período de cotización, tal y como se muestra en el siguiente cuadro:
Duración del paro
Tabla con 2 columnas y 11 filas. En este momento se muestran las filas desde la 1 a la 11. Ordenado de forma descendente por columna «Periodo de cotización (días)»
Periodo de cotización (días) | Días de derecho a prestación por desempleo |
---|---|
Desde 2160 | 720 |
De 900 a 1079 | 300 |
De 720 a 899 | 240 |
De 540 a 719 | 180 |
De 360 a 539 | 120 |
De 1980 a 2159 | 660 |
De 1800 a 1979 | 600 |
De 1620 a 1799 | 540 |
De 1440 a 1619 | 480 |
De 1260 a 1439 | 420 |
De 1080 a 1259 | 360 |
Por otra parte, la persona trabajadora eventual agraria que estaba dada de alta en la Seguridad Social dentro del colectivo de trabajadores autónomos o por cuenta propia, tiene un periodo mínimo de cotización más alto, en este caso sería de 720 días.
Otros requisitos que debes cumplir aparte del tiempo trabajado
- Estar afiliado y dado de alta en la Seguridad Social.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
- Buscar activamente un nuevo empleo.
- Estar inscrito como demandante de empleo durante todo el tiempo que se reciba el dinero del paro.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
- No realizar ninguna actividad por cuenta propia o trabajo por cuenta ajena a tiempo completo.
- No recibir una pensión de la Seguridad Social incompatible con el trabajo.