Datos jubilación forzada a los 61 años

Existe una modalidad de jubilación que no se produce a voluntad del trabajadorla jubilación anticipada forzosa.

En 2021 este tipo de jubilación se retrasa de los 61 a los 62 años. Te explicamos en qué situaciones puede producirse y qué hacer si es tu caso.

¿Qué es la jubilación anticipada forzosa?

La jubilación anticipada forzosa es aquella que se deriva de un despido, no teniendo en cuenta la voluntad o predisposición del trabajador para acogerse a ella.

Por tanto, el motivo de la jubilación es ajeno al trabajador, de ahí el matiz de “forzosa”.

Además de producirse por extinción del contrato y fin de la relación laboral de la empresa con el trabajador afectado, la jubilación forzosa también puede producirse por otros motivos, te los contamos a continuación.

Requisitos de la jubilación forzosa

Para que una empresa pueda adelantar la jubilación de un trabajador sin que éste tenga voluntad de hacerlo (por despido), deben darse los siguientes requisitos:

  • No superar los cuatro años anteriores a la edad del retiro oficial de jubilación del trabajador. En 2021 la edad de jubilación se sitúa en 66 años. Por lo que la jubilación anticipada forzosa pasaría de la edad de 61 años a 62.
  • El trabajador debe tener cotizados un mínimo de 33 años en la Seguridad Social. Dos de estos años han de estar comprendidos en los últimos 15 años anteriores a esta solicitud de jubilación.
  • El trabajador deberá inscribirse como demandante de empleo durante, al menos, los seis meses anteriores a la solicitud.
  • Que existan causas económicas, (como el caso de ERE o ERTE), de fuerza mayor, resolución judicial, muerte, jubilación del empresario o violencia de género (todas contempladas como hechos causantes de despido por la Seguridad Social); para que la empresa despida al trabajador

Por lo tanto, la edad de jubilación anticipada forzosa queda establecida a la edad de 62 años en 2021.

 ¿Cuánto se cobra de jubilación forzosa?

El trabajador/a afectado por este tipo de jubilación tendrá una reducción notable de su importe a recibir en su pensión, por lo que no es plato de buen gusto para nadie.

Al retirar al trabajador de su relación laboral 4 años antes de su edad legal de jubilación, 62 años a partir del 1 de enero de 2021; se producirán penalizaciones en el importe de su prestación según los años cotizados.

Hemos comentado que para la jubilación forzosa son necesarios, como mínimo, 33 años cotizados. Pues bien, el importe correspondiente de la pensión de este trabajador sufrirá una penalización que irá del 1,875% por trimestre adelantado para aquellos que tengan menos de 38,5 años cotizados; hasta el 1,5% menos para más los que tengan más de 44,5 años.

Te recordamos que este año también se dará una subida de las pensiones por jubilación, que según los datos comunicados por el Gobierno será de un 0,9 % más en nuestro país.

En el caso de las pensiones de tipo asistencial, que son aquellas destinadas a trabajadores que no han cotizado lo suficiente para optar a una prestación contributiva; la subida será del doble, un 1,8% más.

Soy funcionario, ¿pueden jubilarme forzosamente?

En el caso de ser funcionario del Estado, este tipo de jubilación anticipada forzosa no puede afectarte, de hecho este caso no se contempla en la ley.

Un/a funcionario/a tendrá su edad de jubilación forzosa establecida en los 65 años, ahora, con el cambio de edad en 2021, en los 66.

Pero si el trabajador público no hubiera cotizado a la Seguridad Social los 30 años que se exigen a este colectivo para poder acceder a su pensión pública por jubilación, podrá pedir una prórroga, de cinco años como máximo, para continuar en su puesto de trabajo hasta que alcance las condiciones mínimas para obtener su pensión.

¿Qué ocurre si me despiden a los 59 años?

En el caso de que una empresa despida a un trabajador (por cualquiera de las causas legales que establece la Seguridad Social) a los 59 años de edad, dicho trabajador pasará a cobrar su prestación por desempleo durante 3 años, con su cotización correspondiente al INSS.

Seguidamente podrá acceder a la jubilación anticipada con 62 años de edad, teniendo en cuenta las penalizaciones que hemos comentado anteriormente.

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