Las trabajadoras que estén embarazadas o que hayan dado a luz recientemente tienen derecho a cobrar el paro del SEPE, siempre que cumplan con los requisitos establecidos.
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Requisitos para cobrar el paro por maternidad
- Estar inscrita como demandante de empleo en el SEPE.
- Haber cotizado al desempleo durante al menos 360 días en los 6 años anteriores a la situación legal de desempleo.
- No haber cumplido la edad ordinaria de jubilación.
- Encontrarse en situación legal de desempleo.
¿Qué se entiende por situación legal de desempleo?
Se entiende por situación legal de desempleo la situación en la que se encuentra una trabajadora que ha dejado de trabajar de forma involuntaria y que está disponible para buscar activamente empleo y para aceptar una colocación adecuada.
¿Cuándo se puede cobrar el paro por maternidad?
El paro por maternidad se puede cobrar a partir de las 6 semanas anteriores al parto hasta las 16 semanas posteriores al parto. Si la trabajadora tiene hijos menores de 3 años, puede ampliar el permiso de maternidad hasta un total de 32 semanas.
¿Cómo se solicita el paro por maternidad?
Para solicitar el paro por maternidad, la trabajadora debe presentar el modelo oficial de solicitud de prestación por desempleo en una oficina del SEPE. A la solicitud se debe adjuntar la siguiente documentación:
- Certificado de nacimiento del hijo.
- Libro de familia.
- Informe médico de la Seguridad Social que acredite el embarazo o el parto.
¿Cuánto se cobra por el paro de maternidad?
El paro por maternidad se calcula en función de la base reguladora de la trabajadora, que es la media de las bases de cotización de los últimos 6 meses. La cuantía de la prestación es del 100% de la base reguladora durante las 16 primeras semanas y del 70% de la base reguladora durante las siguientes 16 semanas.
Compatibilidad del paro por maternidad con otros ingresos
El paro por maternidad es compatible con el cobro de otras prestaciones, como la ayuda por hijo a cargo o la prestación por maternidad de la Seguridad Social. Sin embargo, no es compatible con el trabajo por cuenta propia ni con el trabajo por cuenta ajena a tiempo completo.
Conclusiones
Las trabajadoras que estén embarazadas o que hayan dado a luz recientemente tienen derecho a cobrar el paro del SEPE, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. La prestación por desempleo por maternidad se calcula en función de la base reguladora de la trabajadora y se puede cobrar durante un máximo de 32 semanas.