Uno de los requisitos básicos para acceder a la prestación económica por desempleo es haber cotizado durante un periodo mínimo de 12 meses, aunque si no llegas a este tiempo, podrás acceder a la prestación por desempleo.
En ambos casos, una de las condiciones para recibir las ayudas es estar legalmente en situación de desempleo y haberse dado de alta como solicitante. No obstante, tal y como recuerda el Servicio Público de Empleo (SEPE), “una vez aprobadas las prestaciones por desempleo, se pueden suspender por diversos motivos y reanudarse posteriormente”.
Por qué causas se puede suspender la prestación Entonces?
¿Cuándo termina el beneficio?
Entonces, ¿por qué motivos se pueden suspender las prestaciones por desempleo? Uno de los motivos que puede pasar desapercibido, recuerda el SEPE, es el alta como demandante de empleo.
Así, “la entidad administradora suspende la prestación de las prestaciones durante los períodos en que los beneficiarios no estén registrados y las reanuda a partir de la fecha de aprobación del nuevo registro tras su comparecencia ante el SEPE, salvo que, el mantenimiento de la suspensión del servicio o la extinción por una de las razones previstas en la norma.
En este sentido, la no renovación del alta como demandante de empleo puede conllevar determinadas penalizaciones para la persona interesada en este servicio. El SEPE también advierte que las personas que incumplan las obligaciones legales recibirán una sanción en función de la gravedad:
- Una infracción leve conlleva a la pérdida de un mes de prestaciones.
- Dos infracciones leves conllevan a la pérdida de tres meses de prestaciones.
- Tres infracciones leves conllevan a la pérdida de seis meses de prestaciones.
- Cuatro infracciones leves conllevan a la extinción de prestaciones.
Infracción Leve – Una Infracción Leve y Una Infracción Leve
Estas medidas se aplicarán de forma escalonada desde el primer incumplimiento y cuando “entre un incumplimiento leve y el anterior no hayan transcurrido más de 365 días, cualquiera que sea la naturaleza del incumplimiento”.
En el caso de infracciones especialmente graves, se sancionará con el cese total de las prestaciones por desempleo o prestaciones por desempleo. Además, “podrán quedar excluidos durante un año del derecho a las prestaciones económicas y, en su caso, de los subsidios de promoción del empleo, así como del derecho a seguir la formación profesional para el empleo durante este periodo”, concluye el SEPE.