Las pensiones mínimas y máximas han aumentado su importe mensual a partir de enero de 2021. Te explicamos los casos en los que puedes cobrar hasta 1.276,5 euros al mes en 14 pagos.
Tras la aplicación de la subida de las pensiones en enero de 2021, con un incremento del 0,9% en las pensiones contributivas y del 1,8% en las no contributivas; la pensión de jubilación, la de invalidez, la de viudedad, la de orfandad y la familiar han visto incrementadas sus cuantías mínimas, pudiendo percibir desde hoy hasta 1.276,5 euros mensuales.
Veamos las cuantías de las pensiones mínimas mensuales establecidas para ver más claramente cómo se corresponden con cada prestación.
Pensiones mínimas mensuales de la Seguridad Social para 2021
Contenido
La pensión mínima de jubilación en 2021
Teniendo en cuenta estas cifras, establecemos tres franjas para la pensión de jubilación:
65 años de edad.
Las personas que se jubilen de forma ordinaria a los 65 años tendrán derecho a una prestación mínima de 841 euros en 14 pagas. Este importe se establece con un cónyuge a cargo.
Si no tiene un cónyuge a cargo (tiene uno, pero no depende económicamente de él), la cantidad que recibirá será de 654,6 euros al mes más las pagas. Si no tiene cónyuge, recibirá 689,7 euros al mes.
Menos de 65 años
En el caso de los prejubilados, su pensión mínima será de 797,9 euros al mes, con dos pagas adicionales si tienen un cónyuge a cargo. Si no tienen cónyuge a cargo, 609,9 euros al mes. Si no tienen cónyuge, el importe se fijará en 645,3 euros al mes.
Personas mayores de 65 años con discapacidades graves
Si se jubila después de los 65 años, junto con una incapacidad permanente reconocida como Gran Invalidez (ver aquí el certificado de discapacidad y los grados), la pensión mínima de vejez, siempre que tenga también cónyuge a cargo, será de 1.276,5 euros al mes, en 14 pagas.
Si no hay cónyuge a cargo, el importe será de 981,9 euros al mes, y si no hay cónyuge a cargo, será de 1.034,6 euros.
Pensiones de invalidez
En el caso de las pensiones de invalidez, el supuesto que establece una cuantía máxima mínima de 1.276,5 euros es el de Gran Invalidez, que establece esta cuantía si el pensionista tiene un cónyuge a su cargo. En el caso de no tener cónyuge a cargo, serían 981,85 euros y si no hay cónyuge, serían 1.034,57 euros.
El resto de los grados de invalidez establecen cuantías inferiores, como se puede ver en la tabla anterior.
El resto de las pensiones, tanto contributivas como no contributivas, no alcanzan los 1.276,5 euros, sea cual sea el caso particular.