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Salidas al Extranjero 15 Días Máximo
Cuando el desempleado beneficiado de una prestación sale al extranjero un máximo de 15 días, no tiene la obligatoriedad de justificar dicho viaje que puede ser por diversos motivos, una boda, vacaciones, visita a un familiar o amigo, etc.
El desempleado tendrá que comunicar su salida al extranjero a su oficina de empleo, dicha oficina le proporcionará la autorización pertinente y podrá continuar cobrando su paro. Hay ocasiones en las que el desempleado desea salir al extranjero más de 15 días para visitar a sus familiares o amigos, ampliar su formación académica y profesional o buscar trabajo.
Salidas al Extranjero de más de 15 Días
Salidas al extranjero más de 15 días para ampliar su formación académica y profesional, para trabajar o buscar trabajo o para llevar a cabo una acción de cooperación internacional.
En este caso, el desempleado beneficiario de prestación deberá informar a la oficina de empleo y en ese mismo momento se cancela el abono de la prestación o subsidio que reciba. A su regreso a España se podrán dar dos circunstancias:
- Si la estancia en el extranjero ha sido menos de un año continuado y cuando regresa a España no encuentra trabajo, el desempleado podrá volver a solicitar la prestación o el subsidio que quedó interrumpido cuando se marchó de España.
- Si la estancia en el extranjero ha sido más de un año continuado y cuando regresa a España no encuentra trabajo, en ese caso el desempleado pierde el derecho a solicitar la prestación o el subsidio interrumpido. Si no regresa a España ni a un país perteneciente a la Unión Europea, Suiza o Australia, podrá solicitar un subsidio para emigrantes retornados.
Al momento del regreso, la oficina de empleo pedirá justificantes sobre su salida al extranjero (billetes de avión, contratos de trabajo, certificados, justificantes de su estancia…).
Salidas añ Extrajero de más de 15 hasta 90 díaz
Cuando el desempleado beneficiado de una prestación o un subsidio desea realizar una salida al extranjero por un máximo de 90 días deberá justificarlo y solicitar una autorización a la oficina de empleo. Durante su estancia en el extranjero el abono de su prestación o subsidio por desempleo se verá interrumpido hasta su regreso.
Salidas al Extrajero más de 90 días
En el caso de que se produzca una salida al extranjero por más de 90 días y no es por ninguna circunstancia nombrada en el apartado anterior (complemento a su formación, búsqueda de trabajo, o cooperación internacional) la prestación por desempleo es cancelada totalmente y se pierde.
Para más información puede entrar en la website oficial del Servicio Público de Empleo Estatal o llamar al teléfono de atención al ciudadano del INEM (actualmente SEPE)