Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tendrán que hacer la declaración de la renta, al igual que los trabajadores del ERTE. Te contamos los plazos y por qué Hacienda pide este documento a las personas en situación de pobreza.
Los beneficiarios del Ingreso Mínimo Vital tendrán que hacer la declaración de la renta, al igual que los trabajadores del ERTE. Esta medida, como ha advertido el Colegio de Administrativos, planteará graves problemas a las familias en riesgo social.
Llama la atención porque en ninguna parte de los requisitos para solicitar el IMV aparece la obligatoriedad de presentar las declaraciones de la renta de años anteriores.
Pero, en el texto del Real Decreto por el que se aprueban estas ayudas, se puede leer que es obligatorio presentar el IRPF durante todo el tiempo de cobro del Ingreso Vital.
De momento, la prestación llega a 160.000 familias españolas, y aún quedan miles de solicitudes por resolver por parte de la Seguridad Social.
Fue el presidente del Colegio de Administrativos, Fernando Santiago, uno de los principales sorprendidos por esta medida. «No es justo que una renta básica genere esta serie de despropósitos», dice.
Por otro lado, el economista Daniel Lacalle siempre ha sido crítico con el Gobierno de Sánchez en lo que respecta al Ingreso Mínimo Vital. Precisamente, en su blog señala que «es una medida sin espacio fiscal ni memoria económica» que «provocará un agujero fiscal y habrá más recortes».
Puedes consultar las características de esta fiscalidad del IMV en la web de la AEAT.
Trabajadores del ERTE y declaración de la renta
Los trabajadores del ERTE tienen que presentar el IRPF porque tienen dos pagadores: el SEPE y su empresa. El INEM les paga el subsidio de desempleo y sus jefes la parte proporcional de su salario.
Por otro lado, las madres del ERTE también denuncian su situación. Quienes perciben, además de las prestaciones por desempleo, IMV tienen problemas para conseguir prestaciones por cuidado de hijos o deducciones por maternidad, ya que ésta es una de las prestaciones no contributivas que ofrece la seguridad social.
Y en el caso de las prestaciones no contributivas, hay algunas prestaciones que no se pueden obtener.
Si quiere preguntar sobre alguna exención u obligación en la declaración de la renta, le recomendamos que acuda a las oficinas del INSS con cita previa.
La idea es que Hacienda compruebe los ingresos y ganancias de la persona con ERTE o beneficiaria del Ingreso Mínimo Vital.
¿Cuándo tengo que presentar mi declaración de la renta?
El Servicio de Impuestos Internos ha anunciado que la fecha de inicio de la declaración de la renta es el 7 de abril, permaneciendo abierta hasta el 30 de junio. Este será el momento en el que tendremos que ver si tenemos que pagar impuestos o, por el contrario, nos devolverán los ingresos.
Pero hay otras fechas importantes que debes tener en cuenta si eres autónomo, trabajador por cuenta ajena, trabajador del ERTE y ahora también beneficiario del Ingreso Mínimo Vital.